El precio de la gasolina corriente continuará estable
para el mes de diciembre, es decir, se mantiene en $8.361,2 en
consideración de los análisis que viene desarrollando el Gobierno Nacional para
realizar posibles ajustes a la fórmula de fijación del precio y en función de
su interés por generar mayor bienestar en el país.
Cabe resaltar que al cierre del año 2013, el precio de
la gasolina al consumidor final acumulará una rebaja de $335 con respecto
al mes de diciembre de 2012. Asimismo, es importante que los colombianos
conozcan los lineamientos de política que debe cumplir la fijación de precios
de los combustibles en general y que se resumen a continuación:
- La fórmula debe mantener la menor variabilidad posible en los precios de venta al público con el fin de proteger al consumidor final de los cambios bruscos que ocurren en los mercados internacionales.
- Las fórmulas de fijación de precios, tanto de la gasolina motor corriente como del ACPM, deben ser sencillas, de fácil entendimiento y verificación por los consumidores y agentes.
- Los precios deben reflejar el propósito de mejoramiento continuo de la calidad de los combustibles para que, junto a elementos como la modernización del parque automotor o la mayor movilidad, se minimice el impacto ambiental.
- El ingreso al productor de combustible debe corresponder a precios de mercado relacionados con el costo de oportunidad de la gasolina motor corriente y del ACPM, o de su materia prima. Al mismo tiempo, los precios deben incentivar el uso racional y eficiente de los combustibles y garantizar un abastecimiento confiable en el país.
- El desmonte de los subsidios en la fórmula debe ser gradual y permanente por tratarse de una política fiscalmente responsable.
De igual manera, el precio del ACPM para diciembre
continúa congelado en cumplimiento del acuerdo firmado con el gremio
transportador. Es de anotar que los análisis que se realizan para ajustar la
fórmula en mención incluyen este combustible.
Este esfuerzo del Gobierno Nacional responde a su
total interés por revisar la política nacional de precios de los combustibles
sin apartarse de un marco de racionalidad económica, cumpliendo las reglas
fiscales para buscar una mayor conveniencia para el país y un adecuado rumbo
económico.
A
continuación el precio de referencia de los combustibles para las demás
ciudades del país:
|
CIUDAD
|
V/R GASOLINA
|
V/R ACPM
|
|
Bogotá
|
8361,2
|
8259,8
|
|
Cartagena
|
8162,5
|
8058,6
|
|
Barranquilla
|
8200,7
|
8084,5
|
|
Santa
Marta
|
8300,7
|
8184,5
|
|
Montería
|
8412,5
|
8308,6
|
|
Sincelejo
|
8362,5
|
8258,6
|
|
Villavicencio
|
8461,2
|
8359,8
|
|
Pasto
|
5666,0
|
5892,4
|
|
Tunja
|
8495,2
|
8393,8
|
|
Bucaramanga
|
8193,9
|
8128,5
|
|
Medellín
|
8313,7
|
8306,4
|
|
Cali
|
8353,2
|
8388,2
|
|
Pereira
|
8332,5
|
8347,7
|
|
Manizales
|
8333,8
|
8340,2
|
|
Armenia
|
8392,5
|
8447,7
|
|
Ibagué
|
8298,2
|
8297,2
|
|
Neiva
|
8386,2
|
8360,5
|
Información
para tener en cuenta:
Mediante Resolución No. 181254
del 30 de julio de 2012, el Ministerio de Minas y Energía estableció para 25
zonas del país el régimen de libertad vigilada para la fijación del margen de
distribución de los combustibles líquidos. Al respecto, las estaciones de
servicio ubicadas en las 25 zonas pueden fijar sus precios libremente y están
obligadas a reportarlos al SICOM (Sistema de Información de la Cadena de
Distribución de Combustibles Líquidos).
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